Este artículo informa sobre la consideración a tener en cuenta para hacer la Declaración de Renta de 2018, en referencia a la reclamación del 25% de los jubilados de Telefónica, banca u otras entidades que aportaban a una mutualidad antes del año 1978. En función de la situación en la que esté la resolución por parte de la Agencia Tributaria se podrían dar dos situaciones:
1. Se dispone ya del documento con la Resolución por parte de la Agencia Tributaria.
En este caso se dispone ya de una resolución en la que se aporta el % que corresponde de Reducción.
RECOMENDACIONES DE ACTUACIÓN:
a) Modificar el borrador de la Agencia Tributaria, restando del importe de la casilla de ingresos íntegros el importe de la exención calculado según la siguiente formula:
= Ingreso total anual (Pensión contributiva) x Porcentaje de la resolución x 25%
b) Pedir cita en la Agencia Tributaria. Y llevar la Resolución para que te hagan la declaración indicándolo.
c) Realizar la Declaración acudiendo a una Asesoría Fiscal. Si quieres que nos encarguemos en Benayas Asesores, puedes concertar cita en el teléfono 91 593 00 95 o enviar un email a reclamacionjubilados@benayasasesores.es.
2. Se han efectuado Reclamaciones del 25% sobre las declaraciones anteriores y todavía no se ha recibido el documento con la Resolución por parte de la Agencia Tributaria o no se ha llegado a efectuar la reclamación del 25%.
a) Modificar el borrador de la Agencia Tributaria, indicando el Valor a Reducir. En este caso, ese valor hay que calcularlo uno mismo. No recomendamos está opción por el riesgo de que en el caso de equivocación la Agencia Tributaria, posteriormente, podría reclamar la cantidad reducida + intereses + multa si así lo estimara.
b) No incluir el porcentaje de esta reclamación. Entregarla sin modificaciones. Y posteriormente (se dispone de 4 años), hacer la reclamación de ingresos indebidos.
c) Realizar la Declaración acudiendo a una Asesoría Fiscal. Si quieres que nos encarguemos en Benayas Asesores, puedes concertar cita en el teléfono 91 593 00 95 o enviar un email a reclamacionjubilados@benayasasesores.es.
¿Cómo declarar los intereses cobrados por la devolución de la reclamación de reducción del 25% en la tributación de la pensión?
Te explicamos cómo en este otro post.
Buenas tardes, fui empleado de banca desde septiembre de 1970 y me he jubilado en junio de 2018, este año haré la declaración, en que apartado podré hacer la deducción del 25%?
Gracias, un saludo
Buenos días, Juan, gracias por comentar nuestro artículo. Por favor, ponte en contacto con nosotros por email (rrssbenayas@gmail.com) o teléfono (91 593 00 95), para que podamos resolver tu duda. ¡Un saludo!
Soy jubilado de Banesto desde, Enero de 2008. Entre en la empresa en Diciembre de, 1962. Tengo la documentación preparada a falta del certificado del Banco. Lo he reclamado varias veces en la Sucursal donde me jubile que es Motril, y estoy a la espera que se dignen enviarlo del departamento de Recursos Humanos de Madrid… Me gustaría me aclarasen un dato, el certificado emitido por el Banco, ¿que tiene que indicar la fecha de alta en la Mutualidad o en el Banco?….En espera de su contestación, gracias …un saludo.
Buenos días Gonzalo, muchas gracias por tu comentario. Lo mejor es que nos realices tu consulta por email (rrssbenayas@gmail.com) o teléfono (91 593 00 95), por favor. ¡Un saludo!
Buenos días,
En primer lugar felicitarles por su información sobre el tema.
Después realizarles una consulta:
Yo trabajé desde 1963 a 1969 en Banco Popular, pero el Banco Santander me informa sobre la petición de certificado de aportación a la Mutua “ son datos muy antiguos y no hay obligación legal de conservar más de 5 años información”, se puede reclamar sin certificado pero con informe de VIDA LABORAL?.
Muchas gracias
Hola Vicente, muchas gracias a ti por tu comentario.
Para poder presentar la reclamación hay que justificar que se estuvo pagando a la mutualidad. La forma más fácil de acreditarlo es con el certificado de la entidad financiera, si no se tuviera este documento habría que buscar otros documentos que puedan justificarlo (nóminas, certificado de renta, documento de la mutua, …), la vida laboral sólo sirve para demostrar que se ha trabajado en el banco durante ese periodo pero no que se ha pagado a la mutualidad.
Esperamos haberte ayudado. ¡Un saludo!